Emiliano Gareca – Poder Judicial y democracia: ¿Quién debe tener la última palabra?

Yo te culpo por el silencio,
en la culpa de una mirada,
yo te uso como testigo
es un caso sin juez ni balanza.

                                                                                  Yo te busco por el bordado,
de mujeres y de poetas,
el discurso que causa preguntas,
el tejido de servilletas. 

                                                                                  ¡Justicia!

                                                                                  Te busqué en la calle,
te busqué en el diario,
la televisión,
en las voces sordas de los tribunales.

                                                                                  ¡Justicia! 

                                                                                  Te busqué en las caras,
te busqué en las bocas,
te busqué en las mentes,
te busque en los ojos de nuestras ciudades.

 Lila Downs – Justicia

Al igual que la cantautora latinoamericana Lila Downs, la búsqueda por un ideal de justicia sigue siendo uno de los principales desafíos pendientes de nuestras democracias modernas. Sin embargo, esta búsqueda parece ser hasta ahora una tarea inútil con un alto grado de frustración entre los distintos sujetos sociales, sean estos individuales o colectivos, que por derecha o por izquierda claman a gritos que la diosa Themis atienda sus reclamos.

¿Pero que entendemos por justicia? ¿De qué justicia hablamos cuando hablamos de justicia? Definir qué es la justicia no es fácil. Muchos son los pensadores que se han ocupado de abrevar en una conceptualización con pretensión de universalidad, naufragando en un alto grado de abstracción y sin demasiado éxito. Así pasaron filósofos como Platón, que entendía la justicia como equivalente a la paz social o Ulpiano que definía a la justicia como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho o Cicerón que veía a la justicia como el hábito del alma, que observado en el interés común otorga a cada cual su dignidad.

Más cerca en el tiempo, encontramos definiciones más interesantes en relación a los problemas actuales de nuestras sociedades, como la definición del jurista crítico del derecho, John Rawls que ve a la justicia como la primera virtud de las instituciones sociales así como la verdad es a los sistemas del pensamiento1. Paradójicamente, esta definición del agnóstico Rawls se acerca mucho a la Doctrina Social de la Iglesia que también pone el acento en la justicia social, consistente en que cada persona, asociación o pueblo, disponga de los medios necesarios según su naturaleza y condición, para poder desarrollarse plenamente2. Lamentablemente estos lineamientos doctrinarios fueron ignorados por la conducción de la Iglesia en diferentes etapas de nuestra historia, influyendo también en los poderes del Estado, en especial el poder judicial, para fortalecer el predominio de las elites políticas en detrimento de los sectores populares.

Pero más allá de las disquisiciones iusfilosóficas sobre la justicia, en lo que sí podemos estar seguros, es que todos los sujetos sociales apuntan a un mismo lugar a la hora de atribuir responsabilidades en materia de justicia o a la falta de esta: el Poder Judicial.

Es decir, en este poder del Estado –cuyas características son el clasismo, el machismo, el elitismo, el corporativismo, los privilegios, la corrupción, la falta de renovación y la ausencia de control ciudadano– se canalizan muchas de las frustraciones de las que hablamos anteriormente. Sin embargo, pensar en el poder judicial como “La Justicia”, es el resultado de una apropiación simbólica por parte de un sector social que se arroga la legitimad para definir no solamente los conflictos, sino los márgenes mismos del Estado y la democracia, generando así un imaginario social donde lo justo es lo que los tribunales dicen que es justo. O como le gustaba decir al juez de la Corte Suprema de EEUU Marshall3: la constitución es lo que ésta Corte dice que es.

Justamente, el modelo norteamericano es el que mayor influencia tuvo a la hora de diseñar nuestro poder judicial vernáculo, imponiéndose de este modo al modelo francés que privilegiaba a la asamblea como órgano de control de constitucionalidad ya que allí se encontraban representados de mejor manera los intereses populares. Pero para los norteamericanos y también para nuestros padres fundadores, lo más sano era que la Corte Suprema sea quien tenga la última palabra en cuanto a la validez de las normas y la interpretación de la Constitución, reservándose así a la casta dominante un lugar preponderante frente al resto de los poderes políticos, que por caprichos de las urnas pueden caer en manos de las temibles mayorías populares4.

Como muestra de los peligros que acarrea esta concentración de poder en unas pocas personas -personas que no fueron sometidas a la directa voluntad popular, que no pagan los mismos impuestos a pesar de ganar salarios exorbitantes y cuyo cargo es vitalicio- que pueden definir sobre la libertad, los bienes y la vida de millones, basta con recordar la tristemente célebre doctrina de facto, mediante la cual el máximo tribunal legitimó los golpes militares ocurridos a partir de 1930, con la vergonzosa argumentación de evitar el caos social que se generaría si se desconoce a quienes llegaron al poder mediante la fuerza. Basta revisar los apellidos de quienes firmaron la famosa acordada para confirmar que sectores se beneficiaban con esta doctrina infame5. Cualquier similitud con la realidad, no es mera coincidencia.

Actualmente, nuestro poder judicial se encuentra enfrentado una nueva crisis de legitimidad, en gran parte debido a la utilización de los tribunales para la persecución de opositores políticos al poder de turno, por la falta de transparencia evidenciada en lo que se conoce como “guerra de espías” ventilada a partir de affaire Stornelli y por la ineficacia para la resolución de los conflictos que día a día llegan a sus estrados. Esta situación lleva a preguntarnos sobre la necesidad de una profunda reforma de sus presupuestos básicos.

Si la búsqueda de justicia es la búsqueda por una sociedad más equitativa, donde todos puedan desarrollarse plenamente, entonces es hora de pensar en un nuevo modelo del servicio de justicia y en un nuevo rol del Poder Judicial. Necesitamos abrir las ventanas del Palacio de Justicia para que ingrese la brisa de la renovación y la democracia. Para eso, debemos poner en debate que tipo de funcionarios judiciales tenemos y queremos. ¿Está bien que seamos solos los abogados quienes monopolicemos todo un poder o será tiempo de permitir jueces y funcionarios que provengan de otras ramas del saber, no ya como peritos o auxiliares sino como protagonistas de las decisiones? ¿Acaso no es la realidad harto compleja como para que sus conflictos sean evaluados por una rama del saber científico? Los juicios por jurado son un camino pero habrá que ir por más.

También debemos poner en cuestión un Poder Judicial donde predomina la presencia de apellidos patricios o pertenecientes a lo que se conoce como “la familia judicial”, con cargos vitalicios alejados de la periodicidad que caracteriza a la República de la que tanto se habla pero poco se respeta. Es tiempo de sacudir la modorra de un entramado machista y patriarcal que se resiste a incorporar la mirada de la mujer en las sentencias judiciales, entre otras graves falencias en materia de igualdad de género. Ni hablar de abrir el juego a otras sexualidades. Necesitamos echar luz a un poder que se mueve en las sombras mediante acuerdos espurios con sectores de la inteligencia nacional e internacional articulado mediante entramados de corrupción estructural y tantas otras cosas más. Desde ya que existen honrosas excepciones, pero este es el panorama general.

En definitiva, es necesario repensar nuestro sistema de raíz y volver a discutir si la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe seguir siendo la última intérprete de la constitución o es tiempo de un nuevo diseño constitucional que permita nuevos mecanismos de control, donde el pueblo este mejor representado y las elites dejen de condicionar a las democracias latinoamericanas. Parafraseando a Lincoln, necesitamos un Poder Judicial del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.  Resolver quien debe tener la última palabra respecto a los derechos y las leyes, será también definir gran parte del futuro de nuestra joven y sufrida democracia.

 

Emiliano Gareca es abogado, reside en Buenos Aires.

Docente de la UNPAZ.

 

Notas:

1 “Nuestro tema es de Justicia social. Para nosotros el objeto de la justicia es la estructura básica de la sociedad, más exactamente, el modo en que las instituciones sociales más importantes distribuyen los derechos y deberes fundamentales y determinan la división de las ventajas provenientes de la cooperación social. Por instituciones más importantes entiendo la Constitución Política y las principales disposiciones económicas y sociales”. (Rawls J., Teoría de la Justicia, México, Fondo de Cultura Económica, p. 20, 1997).

2 La expresión «justicia social» fue acuñada por el sacerdote jesuita italiano Luigi Taparelli, en el libro Saggio teoretico di dritto naturale, appoggiato sul fatto (Ensayo teórico del derecho natural apoyado en los hechos), publicado en 1843, en Livorno, Italia, donde se lee: …»la justicia social debe igualar de hecho a todos los hombres en lo tocante a los derechos de humanidad…». Siendo así unos de los pioneros de la Doctrina Social de La Iglesia. Propiamente la expresión “doctrina social” sería usada por primera vez por Pío XI en su encíclica Quadragesimo annonota, quien cita a León XIII, aunque reconoce que la preocupación por los problemas económicos y sociales es anterior a la Rerum novarum.

3 John Marshall (24 de septiembre de 1755 – 6 de julio de 1835) fue un abogado, juez, político, diplomático, legislador, estadista, jurista y militar estadounidense, Marshall era originario de la Commonwealth de Virginia y líder del partido federalista. También fue Secretario de Estado con el presidente John Adams, desempeño esta labor hasta su nombramiento el 4 de febrero de 1801 en la Corte Suprema de Estados Unidos. Su labor y su figura fue muy destacada, por ocupar el cargo Presidente de la Corte Suprema de los Estados Unidos hasta su muerte, en el que se dio una gran transformación en el sistema jurídico y judicial, y procesos judiciales trascendentes como fueron: Marbury v. Madison en 1803, que pasa por ser la sentencia más famosa de la historia, conforme a la cual la función de los jueces es decir lo que es Derecho.

4 Llama la atención y merece un profundo debate el hecho de que el art. 1 de nuestra CN omite mencionar la palabra “democracia” al describir nuestra forma de Estado y el sistema de gobierno. Las interpretaciones son muchas, pero es evidente que la idea de democracia plena era tomada con pinzas por nuestros constituyentes debido a la arraigada idea en los ilustrados de ese entonces en que el pueblo en su mayoría no estaba en condiciones de participar políticamente de los asuntos de estado (pobres, mujeres, ancianos, eslavos, indígenas, personas con discapacidad, etc. estaban excluidos del debate público). La discusión sobre el rol del poder judicial forma parte de este sistema de pensamiento que sigue vigente, de manera solapada, hasta nuestros días.

5 El 6 de septiembre de 1930 las Fuerzas Armadas argentinas realizaron un golpe de estado y derrocaron al Presidente Hipólito Yrigoyen, dando inicio a una serie de golpes y gobiernos militares que se extendieron durante la mayor parte del siglo XX, abortando todas las experiencias democráticas intentadas antes de 1983. En forma inmediata a asumir el gobierno, el general Uriburu envió una comunicación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación haciéndole saber la constitución de un gobierno provisional para la Nación. El Tribunal resolvió por unanimidad el 10 de septiembre de 1930 acusar recibo de la nota mediante una acordada, que no es un fallo que se dicta en un caso concreto, cuyo contenido dio origen a la doctrina de los gobiernos de facto. Los miembros de la Corte Suprema que emitieron la Acordada del 10 de septiembre de 1930 fueron José Figueroa Alcorta, Roberto Repetto, Ricardo Guido Lavalle y Antonio Sagarna, en tanto que el Procurador General fue Horacio Rodríguez Larreta.

 

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