Geraldine Sulkin – Ningún ser humano es ilegal si decide migrar

El presente artículo tiene el objetivo de analizar el concepto de nación bajo una breve mirada política e histórica, haciendo referencia a la actual situación migratoria a nivel internacional.

La primer pregunta que nos podemos hacer es ¿A qué denominamos naciones? ¿Cuál es la diferencia entre Estado y Nación? Para responder es necesario mencionar que el Estado se refiere a las instituciones que rigen y dirigen a la nación, mientras que las naciones se diferencian del concepto de Estado en la medida en que refieren al entramado socio cultural e identitario de un pueblo dentro de un territorio determinado.

Históricamente el inicio de la Revolución Francesa en 1789 dará comienzo a la conformación de los Estados Nacionales.  Hasta ese momento la corona francesa y la aristocracia poseían una excesiva acumulación de riquezas en forma desigual al pueblo. Será el tercer estado, quien se alzará sobre esta última el 14 de julio de 1789 con la toma de la bastilla bajo las consignas de libertad, igualdad y fraternidad.

De acuerdo con la teoría contractualista de Jacques Rousseau, los sujetos entrelazan sus voluntades particulares para alcanzar una voluntad general y ocupar el lugar previamente ocupado por el soberano, dando lugar al concepto de soberanía popular.  Es a través de la voluntad popular que los respectivos representantes deben gobernar, de lo contrario el pueblo tiene posibilidad de rebelarse.

A lo largo de los siglos XVIII, XIX y XX empezaron a surgir preguntas en torno al lugar que ocupaba la soberanía popular junto con los significados de patriotismo y de nacionalismo. Para alcanzar la unidad nacional era necesario influenciar el sentimiento de pertenencia, a través de los himnos, los escudos, banderas y distintivos.  Es así que por ejemplo los nuevos estados independientes del reino hispánico y portugués tuvieron que comenzar con la introducción de símbolos identitarios mucho antes de que las guerras independentistas tuvieran lugar.

Si bien el nacionalismo puede construir redes de solidaridad e igualdad ante la ley, en su máxima expresión se podrán hallar ejemplos de los nacionalismos extremos ocurridos durante el siglo XX. El florecimiento de las ideas en torno a la superioridad e inferioridad de las naciones dieron lugar al nazismo alemán y el fascismo italiano. En nombre de la pureza de la sangre, y la superioridad de la raza se han exterminado y perseguido millones de judíos, homosexuales, árabes, comunistas y supuestos sujetos subversivos dentro de estos regímenes totalitarios.

Luego de la Segunda Guerra Mundial también se presentó el desafío de repensar el concepto de nación y la construcción de lazos identitarios y solidarios, que pudieran construir nuevamente los cimientos institucionales. En cuanto a las ciudadanías y migraciones podemos retomar el concepto de “Apátrida” utilizado por Hannah Arendt, de origen judío, filósofa y teórica política alemana, perseguida por el régimen nazi. En el libro Los orígenes del totalitarismo esta autora expresará el término apátrida refiriéndose a las y los miles de sobrevivientes y refugiados carentes de nacionalidad. Esto sucedió una vez finalizada la guerra, ya sea porque algunas naciones habían desaparecido, anexado a otros territorios o porque el país los rechazó por alguna condición de etnia, religión o género. Lo importante a destacar es que al carecer de nacionalidad no se poseían derechos bajo los cuales resguardarse legamente. Fruto de esta reflexión es que tiempo después surge en 1954 la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, la cual reconoce la condición de apátridas y registra protocolos y derechos para dichas personas. A su vez encontramos respaldo jurídico en tratados regionales e internacionales como ser la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas Formas de discriminación etc. No obstante en la medida en que siga habiendo refugiados o desplazados, seguirá habiendo apátridas, y la comunidad internacional debe responder obligatoriamente con respaldo legal y jurídico.

Respecto a la cuestión migratoria actual podemos comenzar distinguiendo por un lado aquellas migraciones con carácter permanente, temporal y voluntaria, realizadas por motus propio en busca de mejorar la calidad de vida, como ser la búsqueda de mejores condiciones laborales, de educación etc. Por otro lado podemos hablar de las migraciones forzadas que se producen involuntariamente, como en las guerras o catástrofes climáticas, y que obligan, indirecta o directamente, a los habitantes a abandonar sus hogares y emigrar hacia otras zonas más seguras. Estos últimos se los denomina refugiados y poseen derechos distintos a los migrantes, quienes migran por cuestiones socioeconómicas.

Ahora bien, teniendo en cuenta que la mayoría de las y los migrantes que entran a nuevos territorios en busca de mejores oportunidades ya poseen una nacionalidad de origen, ¿A qué se refiere el término comúnmente denominado como ‘migrante ilegal’? Es una realidad que determinados grupos poblacionales puedan carecer de papeles y de documentación necesaria para ingresar a un determinado Estado, no obstante ello no los inhabilita del respaldo jurídico. Es importante destacar que cualquier ser humano que decide desplazarse a otro territorio posee intrínsecamente el ejercicio de derechos que deben ser respetados ni bien cruzan la frontera de origen.

En materia del Derecho Internacional los derechos de las personas migrantes se encuentran amparados en innumerables pactos y convenciones dentro de las cuales podríamos mencionar la Declaración Universal sobre los Derechos Humanos o  la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Migrantes Trabajadores y Miembros de sus Familias, entre otros.  Los mismos hacen mención sobre el principio de igualdad y la obligatoriedad que tienen los Estados miembros firmantes a la hora de garantizar el derecho a migrar y a circular libremente, eligiendo el lugar de residencia1, sin importar la religión, el idioma, el origen, etc.

 Asimismo en caso de correr peligro, de acuerdo con el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, sancionado en 1951, las personas refugiadas tienen derecho a recibir asilo en el país donde se busca protección sin ser devuelto al país de origen.

La frase “migrar es un derecho” implica el hecho de que al violar los principios migratorios se involucra la violación implícita y explicita de los Derechos Humanos, a nivel internacional, así como la violación de la Constitución Nacional, de acuerdo al rango constitucional de cada nación respecto de los Tratados Internacionales.

Bajo este aspecto se podría mencionar que la irregularidad de los migrantes es materia común y un asunto de emergencia internacional. Debido a las legislaciones y políticas migratorias presentes, los diversos Estados siguen teniendo potestad a la hora de restringir la entrada de migrantes. Como consecuencia muchos de ellas y ellos han debido abordar controles fronterizos rigurosos, dificultades para insertase en la sociedad receptora, dificultades en la inserción laboral así como discriminación y xenofobia por parte del resto de los ciudadanos, y de las instituciones. A ello se le suma el riesgo constante frente a la trata de personas debido a la poca protección y las inestables condiciones en que se producen los desplazamientos terrestres o en altamar.

Del año 2019 podemos destacar la entrada de inmigrantes a través de la frontera con Estados Unidos y la negativa por parte de las políticas del gobierno actual las cuales dificultaron no solo la libre circulación sino también la libertad en el ejercicio de los derechos humanos. Como ejemplo podemos mencionar el aumento en el número de deportaciones de migrantes mexicanos que debieron regresar a su país de origen. También se han producido diversos casos de hacinamiento, deshidratación y malas condiciones de salubridad en los sitios donde esperan respuestas.  A este último pasaje,  se le suma  las tensiones producidas por la entrada de migrantes provenientes de Venezuela a diversos países de Latinoamérica y los protocolos de emergencia utilizados por dichos países, de acuerdo a su legislación, afectando en muchos casos la obtención de visados especiales y en caso negativo la deportación hacia el país de origen.

Por otro lado Europa sigue presentando una grave crisis institucional a la hora de dar resoluciones efectivas e igualmente humanitarias a la gran ola de migrantes y refugiados provenientes de territorios africanos, latinoamericanos y de medio oriente. Como ejemplo podemos mencionar el incidente del barco español de la ONG, Open Arms, en donde un grupo de migrantes refugiados rescatados en agosto del año 2019, provenientes de Libia debieron esperar al menos tres semanas por orden del Ministerio del Interior de Italia para desembarcar en tierra Italiana.  A ello se le puede agregar las degradantes condiciones de los campos de acogida donde miles de refugiados aguardan, durante meses e incluso años, las noticias de visado o deportación al país de origen. Otro ejemplo puede ser los campos de refugiados en Lesbos, Grecia, donde la capacidad de albergue para 3.000 personas supera las 12.000 o 13.000 provenientes en su mayoría de Siria, Afganistán e Irak.

Es necesario pensar que no es casual el cierre o apertura de fronteras  a determinados grupos poblacionales. Así como teniendo pasaporte europeo se puede ingresar a cualquier país miembro de la comunidad europea, teniendo documentación latina, africana o de países de medio oriente hayamos que hay más restricciones a la hora de ingresar a determinados territorios.  El sentimiento de xenofobia, y rechazo a las personas migrantes es evidente, el temor parece estar asociado a la falta de recursos y pobreza que estos grupos poblacionales traen consigo, más que a una carga valorativa sobre el hecho de emigrar.

En el siglo XIX Ernest Renan va a mencionar el hecho de que toda nación ya constituida no debe perder de vista los rasgos comunes culturales respecto a otras naciones, en torno a las lenguas, las tradiciones, y costumbres. La mezcla de “sangres” producto de las guerras y de las conquistas de territorio ocurridas a lo largo de la historia, han dado como resultado la creación de nacionalidades diversas y heterogéneas. En el texto ¿Qué es una nación? Renan describe que ningún ciudadano francés, sabe si es burgrundio, alano, taifalo, visigodo; “La nación moderna es, pues, un resultado histórico producido por una serie de hechos que convergen en igual sentido.”2

De lo anterior podemos mencionar como ejemplo el idioma inglés hablado oficialmente en Estados Unidos, Inglaterra, Canadá y Australia. Este es el resultado de las   invasiones escandinavas, luego germanas y por último de los normandos hacia Britania desde el siglo VIII al siglo XI. Así mismo Estados Unidos tiene como lengua oficial el idioma inglés gracias a las invasiones y conquistas inglesas dentro territorio norteamericano.

“Las naciones, tal como las conocemos, son el fruto de una larga historia, el resultado de superposiciones, intercambios, entrecruzamientos y contaminaciones convergentes, a menudo de manera causal hacia una dirección común (…). El olvido y hasta diría el error histórico, constituyen un factor esencial en la creación de una nación (…). La pertenencia étnica y la pureza de la estirpe en realidad constituyen una autentica quimera: los países más nobles y más antiguos también son aquellos cuya sangre se ha mezclado en mayor medida. Ninguna Nación puede jactarse de tener descendencia racial pura”3

En relación a lo anteriormente mencionado podemos mencionar que si bien la nación presenta un lugar de acogida y pertenencia de un pueblo con costumbres y cultura similar, no se debe perder de vista que en nombre de ella y la “pureza de las razas” se han cometido las mayores atrocidades jamás conocidas como ser el holocausto nazi, el apartheid en Sudáfrica, las colonizaciones africanas y latinoamericanas, entre otras. Los Estados parecen seguir la misma dirección en cuanto y tanto la política migratoria internacional siga priorizando el cierre de fronteras por sobre los derechos humanos y el derecho a migrar.

Es necesario para ello poner en un común denominador los derechos de las personas refugiadas y migrantes, y accionar de forma tal que esos derechos sean respetados y no denigrados. Las políticas migratorias son fuertemente necesarias para seguir avanzando en materia de derechos humanos. Pero ello no puede ser llevado a cabo si los lineamientos nacionales se encuentran restringidos bajo políticas exclusivas y discriminatorias. Es necesario comprender que las migraciones han ocurrido desde los desde tiempos inmemorables, dando como resultado la construcción política, social y cultural de las diversas naciones.

Desde los Estados Nacionales se debe seguir educando respecto a los valores de lazos de solidaridad y respeto frente al otro diferente. Se debe continuar aspirando a reducir las desigualdades estructurales, motivos por los cuales las personas migrantes y refugiadas deben salir de su país. Por sobre todas las cosas, se debe mejorar las vías mediante las cuales, quienes deciden abandonar su país, se encuentren respaldados legalmente, y seguros de cualquier peligro. Es fundamental acepta que la diversidad de nacionalidades nos enriquece, y ningún ser humano debería poner en riesgo su vida por el solo hecho de migrar.

 

Geraldine Sulkin es politóloga, reside en Buenos Aires.

Licenciada en Ciencia Política (UBA). Miembro del equipo de migraciones del CIDAC.

 

Notas bibliográficas:

1 Artículo 13 inciso 1 Declaración Universal sobre los Derechos Humanos, Naciones Unidas.

2 Ernest, R., ¿Qué es una nación?, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid 1993 p. 16.

3 Campi, A., Nación Léxico de Política., Nueva Visión, Buenos

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